Denuncia Impositiva de Venta – Automotor

Denuncia Impositiva de Venta – Automotor

La Denuncia Impositiva de Venta es el único trámite que le permitirá LIMITAR su RESPONSABILIDAD FISCAL por el pago del Impuesto a los Automotores en caso de vender su vehículo y que el comprador no realice la transferencia ante el Registro Nacional Propiedad Automotor.

Lugar de presentación: Todos los lugares de atención de tramites de Dirección General de Rentas

  • Dirección General de Rentas, Departamento de Atención al Público San Martín 51 Planta Baja +Mapa
  • Área CENTRAL Avda. Pueyrredón 180 Gral. Mosconi +Mapa
  • Centro Cultural KM 8: Julio Moreno 574
  • Gimnasio Municipal Nº 2: Avda. Constituyentes y Avda. Libertad

Días y Horario de atención: lunes a viernes de 8:15 a 14 hs.

TRÁMITE BONIFICADO, SIN COSTO ALGUNO, vigencia hasta 31/12/2023.

Requisitos:

Según lo establecido en la Resolución 3770/19 MODIFÍCASE el artículo 171 Bis de la Ordenanza Municipal Nº 6500-24/12,

 DENUNCIA IMPOSITIVA DE VENTA: ARTÍCULO 171 Bis: Los titulares de dominio podrán efectuar ante el Organismo Fiscal, la Denuncia Impositiva de Venta, la que tendrá efectos limitando la responsabilidad fiscal a partir de la fecha de presentación de la misma».

Serán requisitos para efectuar dicha denuncia no registrar, a la fecha de presentación del trámite, deuda por Impuesto Automotor, sus accesorios y otras deudas que por todo concepto informen los Juzgados de Faltas Municipales, correspondientes al vehículo objeto de la venta.

  • Copia certificada del formulario de la denuncia de venta del vehículo efectuada ante el registro de la Propiedad Automotor correspondiente.
  • Constancia de intimación fehaciente tipo carta documento (descargar nota modelo) remitida al adquiriente denunciado, indicando su calidad de nuevo responsable tributario y requiriendo formalizar la transferencia ante el respectivo Registro Seccional de la Propiedad Automotor y créditos prendarios.

El interesado en formular la denuncia de venta y, en su caso, el adquiriente, deberán presentarse ante el Organismo Fiscal, provistos de su DNI y de la documentación que acredite las representaciones invocadas, de corresponder, juntamente con los elementos indicados anteriormente.


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