Memo Normativa de Trabajo (accidentes, certificados y licencias)
MEMORANDUM Nro. /24
DE: Subsecretaría de Recursos Humanos
PARA: Secretarías Municipales y Entes Autárquicos
ASUNTO: Normativa de trabajo y Estatuto Municipal
FECHA: 29 /04 / 24
Accidentes de trabajo
¿Qué hacer frente a una situación de accidente laboral?
* Se considera accidente de trabajo a todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión de trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, siempre y cuando el damnificado no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo. El trabajador podrá declarar (en Subsecretaría de Recursos Humanos) si el itínere (recorrido) se modifica por razones de estudio, concurrencia a otro empleo o atención de un familiar directo enfermo y no conviviente.
* Si el suceso produce una lesión que imposibilita caminar o trasladarse, solicitará auxilio a la persona más cercana o ayuda telefónica y deberá llamar a EMEC solicitando una ambulancia. Teléfono 0800-222-EMEC (3632).
* En caso de encontrarse en condiciones, la denuncia del accidente la podrá realizar el damnificado, un compañero/superior o familiar en presencia del mismo.
Personal de Planta Transitoria — Permanente:
- Llamar al 0800-333-1400 Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) GALENO.
- Información a brindar:
- CUIT del Municipio: 30-99906559-3.
- Apellido, nombre, DNI, Fecha de nacimiento, domicilio particular, y teléfono de contacto del accidentado.
- Lugar, fecha, hora y relato del accidente.
- Se obtiene número de siniestro.
- Se deberá concurrir con DNI y número de siniestro al establecimiento designado por la aseguradora.
- Informar al sector al que pertenece.
- Enviar a Dirección General de Medicina Laboral el Formulario de Parte Médico de Ingreso de ART a: medicinalaboral@comodoro.gov.ar
- Presentarse a todos los turnos correspondientes.
- No presentarse a trabajar hasta no obtener el alta médica de la ART.
- Una vez obtenida el alta enviarla online a Medicina Laboral en forma inmediata.
- Presentarse al trabajo al día siguiente del alta.
- En caso de no estar de acuerdo con el alta médica, podrá firmar en disconformidad y solicitar asesoramiento a Medicina Laboral (teléfonos 2975171399- 5962353).
Trabajador No Perteneciente a Planta Permanente – Transitoria:
- Llamar al 0800-444-2850 o 0800-555-2850, Seguro de Accidentes Personales de SANCOR.
- Información a brindar:
- CUIT del Municipio: 30-99906559-3
- Apellido, nombre, DNI, Fecha de nacimiento, domicilio particular, y teléfono de contacto del accidentado.
- Lugar, fecha, hora y relato del accidente.
- Se obtiene número de siniestro.
- Se deberá concurrir con DNI y número de siniestro al establecimiento designado.
- Informar al sector al que pertenece.
- Enviar a Dirección General de Medicina Laboral certificado de atención médica: medicinalaboral@comodoro.gov.ar
- Presentarse a todos tos turnos correspondientes.
- No presentarse a trabajar hasta no obtener el alta médica del profesional tratante.
- Una vez obtenida el alta enviarla entine a Medicina Laboral en forma inmediata.
- Presentarse al trabajo al día siguiente del alta.
- En caso de requerirlo, solicitar asesoramiento a Medicina Laboral llamando a los teléfonos 2975171399- 5962353.
- Deberá solicitar certificados de atención médica, para presentar en Dirección General de Medicina Laboral, inclusive la documentación de Alta.
- En caso de solicitar reintegros, deberán adjuntar recibos, pedidos médicos, constancia de CE3U y dirigirse a la Dirección de Seguros de la Subsecretaría de Recursos Humanos.
Certificados médicos
La Dirección General de Medicina Laboral informa que la Recepción de certificados es en forma presencial, de lunes a viernes de 08:15 a 13:00 hs, en Calle Viamonte N°171 -1°piso
Se recuerda que deberán asistir dentro de las 72 hs. hábiles de iniciado el ausentismo.
Presentación de Certificados Médicos
Para informar y evitar inconvenientes en la presentación y validación de certificados se recuerda que los mismos deben contener:
- Apellido y Nombre.
- Número de Documento.
- Fecha.
- Diagnóstico.
- Período de reposo laboral.
- Ser emitidos por médico matriculado.
Licencia por Atención Familiar:
Es necesario tener declarados en la Dirección General de Recursos Humanos los familiares a cargo (cónyuge, hijos y padres).
El certificado debe constar con:
- Datos del familiar asistido.
- Datos del empleado que asiste.
- Diagnóstico y periodo indicado de licencia laboral.
En el caso que la persona asistida esté declarada por más de un empleado municipal, se autorizará la licencia a un solo asistente por el período solicitado.
Adicionalmente de la Notificación a la Dirección General de Medicina Laboral, el empleado tiene la obligación de notificar su ausencia, especificando el período de licencia, al sector donde desempeña sus funciones, en el transcurso de la primera jornada laboral a la cual se viera imposibilitado de asistir.
Se recuerda que durante el período de licencia podrá ser citado a fin de evaluar o solicitar documentación adicional. Asimismo podrá verse sujeto a controles domiciliarios.
AUSENTISMO RELACIONADO A PATOLOGíA COVID CONTINUARÁ POR VÍA DIGITAL (medicinalaboral@comodoro.gov.ar)